Buscar este blog

sábado, 11 de diciembre de 2010

LA COLACION EN LA LEGISLACION PERUANA

I. ANTECEDENTES.
1.LA TRANSMISION DE DERECHOS PATRIMONIALES DE UNA PERSONA A OTRA PUEDE OCURRIR POR ACTO ENTRE VIVOS(TITULO PARTICULAR), COMO LA COMPRAVENTA O LA DONACION(NORMAS LEGALES QUE FACULTAN AL TITULAR A HACERLO); O TAMBIEN POR MUERTE DEL TITULAR(TITULO UNIVERSAL Y NORMAS DE ORDEN PUBLICO).
2. DESDE EL MOMENTO DE LA MUERTE DE UNA PERSONA, LOS BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE CONSTITUYEN LA HERENCIA SE TRANSMITEN A SUS SUCESORES.
II. ACEPCIONES
1. Perez Lazala señala que la palabra "colación" deriva del latin "confero", que significa llevar. aplicada al derecho sucesorio: "acto de aportar o llevar a la masa hereditaria bienes o valores"
2. FINALIDADES DEL ACTO DE COLACION
2.1. DETERMINAR LA LEGITIMA
Se refiere al computo de liberalidades a los efectos de determinar la porcion legitimaria y de salvaguardarla.
2.2. COLACION DE DEUDAS
No es propiamente colacion porque no se origina en liberalidades. Los creditos que el causante puede haber tenido con alguno de sus herederos forzosos no se fundamenta en liberalidades. Tampoco la colacion de deudas persigue el mantenimiento de la igualdad entre los coherederos. La colacion de donaciones sólo tiene lugar en la particion hereditaria. La renuncia de la herencia no lo exime al deudor renunciante del pago de su obligacion; en cambio, la renuncia de la herencia lo exonera de la colacion, de manera que el renunciante se quedará con la donacion, estando dispensado de la colacion.
2.3. COLACION EN SENTIDO PROPIO
la ley presume que la liberalidad efectuada por el donante es para que a su muerte sea imputada a la legítima del donatario (heredero forzoso) a fin de lograr la igualdad con los demàs herederos.
III.CONCEPTO
Es un derecho y una obligación que tienen los herederos forzosos que concurren a la herencia del causante, de aportar o reincorporar a la masa hereditaria lo que hubieran recibido por donación  u  otra liberalidad, con el objeto de igualar sus porciones hereditarias al momento de la particion.
La colacion carece de sentido cuando existe un solo heredero forzoso.
Los herederos no beneficiados con las liberalidades del causante tienen derecho de solicitar colacion.
La fuente de la colacion es la ley y por su finalidad procede tanto en la sucesión testamentaria como en la intestada.
La colacion procede a peticion de parte y numero de oficio.
IV. FUNDAMENTOS
1. VOLUNTAD PRESUNTA DEL CAUSANTE
Cuando el causante donó algún bien a su heredero, lo hizo como una suerte de adelanto, de anticipo a cuenta de su haber hereditario
2. IGUALDAD ENTRE LOS DESCENDIENTES
esto para evitar la desigualdad hereditaria
3. DEFENSA DE LA LEGITIMA
esto como consecuencia de los donativos hechos por el causante a terceras personas; donde la ley reconoce la legitima reconoce la colacion.

La herencia no es solo aquello que el causante tiene al momeno de su muerte (bienes, derechos y obligaciones de naturaleza patrimonial) ...sino que tambien integran los bienes y derechos que no  están en el ambito de su patrimonio porque fueron donados a otras personas.

V. HISTORIA.
1. DERECHO ROMANO.
Fueron conocidas muchas formas de donación.
a. Colacion bonorum: Herencia que concurrian hijos emancipados con los no emancipados. El pretor no concedio el bonorum posesio al hijo emancipado mientras éste no prometiera dar una parte de sus bienes propios a sus coherederos no emancipados, el cual debia ser proporcional.
b. Colacion dotis: que la hija - sujeta a patria potestad - colacione con lo que habian recibido los hijos emancipados.
c. colacion justinianea: el heredero que había recibido de su ascendiente un simple anticipo sobre una porcion hereditaria, debía dar cuenta de aquel a sus coherederos.

2. LA COLACION EN EL CC DE 1852
los sujetos obligados a colacionar  eran únicamente los hijos y demás descendientes del causante, quienes debían colacionar ad valorem, entendiendose que el valor era el que tuvo el bien donado al tiempo de la donacion.
3. LA COLACION EN EL CC DE 1936
no era colacionable  el importe del seguro constituido a favor del heredero. en cambio lo eran las primas pagadas al asegurador.

VI. REQUISITOS
1. EXISTENCIA DE VARIOS HEREDEROS FORZOSOS
2. ALGUNO O ALGUNOS DE LOS HEREDEROS DEBEN HABER SIDO FAVORECIDOS CON DONACIONES U OTROS ACTOS DE LIBERALIDAD POR EL CAUSANTE Y EN VIDA DE ÉSTE.
las liberalidades deben ser restituidas a la masa hereditaria, bien en su valor o devolviendo el bien a la masa hereditaria
3. EL HEREDERO FORZOSO FAVORECIDO CON LA LIBERALIDAD NO DEBE HABER SIDO DISPENSADO DE COLACIONAR.
La colacion puede ser dispensada por el causante, el cual debe ser  expresa, formal y que no exceda del valor de la cuota de libre disposicion
4. NO OPERA DE OFICIO SINO A PETICION DE PARTE INTERESADA.
 no aprovecha a los legatarios ni a los acreedores de la sucecion
VII. FORMAS DE COLACION
1. COLACION EN ESPECIE, REAL O MATERIAL
Aquella por la que se devuelven o reincorporan a la masa hereditaria los mismos bienes que fueron entregados por actos de liberalidad del causante, en vida a alguno de sus herederos.
En tiempo antiguos esto era como que el heredero beneficiado no adquiria el bien como propietario sino como usufructuario.
2. COLACION EN DINERO, EN VALORES O IDEAL
eL HEreDEro donatario tiene solamente la obligacion de devolver el valor del bien donado o dado en las otras  formas de liberalidad.. Aqui la donacion es un medio de transferencia de la propiedad....
uno de los desenvovimientos de este sistema es por la VIA DE IMPUTACION por lo que a la cuota hereditaria que le corresponde al heredero se le descuenta el valor que tenga el bien y sólo le es entregada la diferencia resultante.
VIII. LAS OPCIONES EN LA LEGISLACION COMPARADA
En nuestro ordenamiento legal se admiten tanto la colacion en especie, como la colacion en dinero, dejando librada la eleccion al heredero beneficiado con la liberalidad; o sea, corresponde decidir al que colaciona...

EN LA LEGISLACION ARGENTINA se considera el procedimiento de la colacion IDEAL, FICTICIA O AD VALOREM por lo siguiente:
A) Al determinarse por el valor del bien, evita las posibles discrepancias entre herederos;
B) pORQUE no deja inciertos los derechos de los herederos.
C) mantiene a la donacion con toda la fuerza de ser un acto traslativo de propiedad.
d) Es un método más facil y sencillo.

EN LA LEGISLACION FRANCESA se regulan las dos formas de colacionar:
1. COLACION EN ESPECIE
2. COLACION TOMANDO MENOS, QUE A SU VEZ SE DIVIDE EN TRES SISTEMAS:
2.1. COLACION TOMANDO MENOS POR LA VIA DE LA IMPUTACION: Cuando el monto de los valores de la donación se encuentra dentro de la cuota hereditaria del heredero sometido a la colación; en tal caso, éste tiene la obligacion de aceptar que sus coherederos le imputen o descuenten de su hijuela, aquellos valores.
2.2. EL PROCEDIMIENTO DE LA DEDUCCION la igualdad se reestablece por medio de la retención que el coheredero del colacionante ejecuta sobre los bienes existentes, hasta el limite del monto de la liberalidad sujeta a colacion.

No hay comentarios:

Datos personales